domingo, 10 de noviembre de 2019

Artículo Noviembre 2019: TESTAMENTO VITAL Documento de Voluntades Anticipadas o Instrucciones Previas


Artículo: Noviembre 2019
TESTAMENTO VITAL
Documento de Voluntades Anticipadas o Instrucciones Previas

Documento de Voluntades Anticipadas, puede ser de fórmula jurídica o no.

Declaración Voluntaria, en el que una persona expresa las instrucciones y directrices que deberán tenerse en cuenta cuando su estado de salud no le permita expresarse por sí mismo. Cuando llegan esos momentos que por circunstancias adversar la persona llega a perder su capacidad de expresarse, insuficientes facultades para una correcta comunicación, inconsciencia o manifestar sus deseos y propósitos ante su salud y otros temas personales. Por un deterioro físico o mental irreversible.

Especialmente en lo relativo a Tratamientos Médicos y el posterior destino de su cuerpo y órganos.

Permite dejar constancia de la voluntad para aceptar o rechazar determinados procedimientos o cuidados  terapéuticos y médicos. Es una herramienta a la que los médicos pueden acudir a la hora de tomar la decisión de administrar o proceder con determinados tratamientos, cuando la persona se encuentra convaleciente o en estados de gravedad.
Este documento siempre puede ser revocado o cambiado aquellas partes que el otorgante considere en el transcurso del tiempo.

A través de este documento, también se puede designar un interlocutor con el médico o el equipo sanitario que velará por el cumplimiento de las instrucciones que se establezcan. Algunas veces también facilitará que los propios familiares NO tengan que tomar decisiones que le corresponderían a la persona afectada, así los familiares queda libre sobre estos temas.
Pueden dar indicaciones sobre el tipo de atención que se quiere recibir en momentos puntuales. Se pueden especificar las preferencias: Respecto a ser atendido en casa o en el hospital, a Recibir asistencia religiosa o no, a Rechazar o Garantizar una autopsia o a Permitir o no la donación de órganos para trasplantes o para destinarlos a la investigación científica.
La persona que realiza el testamento vital determina también como desea que se produzca su muerte, si se produjeran unas determinadas circunstancias, lo que podría decirse como lo que para esa persona sería una muerte digna en un contexto de final de su vida.
Indicaciones para no prolongar de manera artificial la vida mediante técnicas de soporte vital (ventilación, diálisis, reanimación, fluidos intravenosos, fármacos, alimentación o ventilación mecánica, etc.), petición de suministrar los medicamentos necesarios para paliar al máximo el dolor, o una asistencia sanitaria acorde que pueda procurar la muerte en paz, tranquila y aportando calma al ser que está pasando esas circunstancias.
También puede indicarse la voluntad de ser incinerado o enterrado, entre otros formulas.
Si su deseo es un funeral religioso o civil.
Documento Vital puede solicitarse en cualquier momento de la vida adulta y mientras la persona tenga las facultades preservadas y completas. Tiene que pedirse ante notario y tiene que ir acompañado por algunos testimonios que actuaran como interlocutores. Que tiene un coste. Quedando inscrito en un Registro de Voluntades anticipadas.
Otra opción posible es elaborar un Documento Privado y firmarlo ante tres testimonios con los que no exista relación de parentesco.

Otra opción es a través del Médico de cabecera o en tu ABS donde te facilitaran la documentación a cumplimentar. Quedando inscrito en un Registro de Voluntades Anticipadas de la comunidad correspondiente.

La existencia de un representante que aporta el testamento vital, puede evitar algunas veces la amplitud de interpretaciones que pudieran darse tanto por los profesionales médicos como los familiares y hace valer la posición única y rigurosa del testador o persona que ha otorgado sus voluntades.

Ahora con la evolución digital, también puedes dejar registro de tus Voluntades Digitales, de quien se encargará de representarte para el cierre de todas tus Aportaciones en las Redes Sociales, en las cuales hayas estado funcionando.

Objetivos que toda persona busca cuando tramita su testamento vital:
·         Reforzar la autonomía del paciente.
·         Recoger la voluntad del paciente libre y documentalmente expresado.
·         Informar de las opciones disponibles.
·         Determinar sus preferencias de tratamiento.
·         Mejorar la comunicación entre el equipo asistencial y el enfermo.
·         Reducir la ansiedad sabiendo que el equipo sanitario es sensible a sus deseos.
·         Planificar los cuidados de enfermería.
·         Proporcionar al médico seguridad y un interlocutor válido cuando se produzcan situaciones conflictivas en torno al tipo de tratamiento y decisiones vida/muerte.
·         Evitar la toma de decisiones a la familia, que pudieran provocar distanciamientos o dificultades entre ellos.

En España el testamento vital posee estatus legal desde el año 2002 y se gestiona y tramita a través de cada una de las Comunidades Autonómicas, las cuales disponen de normativa propia sobre la organización y funcionamiento de sus registros autonómicos.

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el Registro Nacional de Instrucciones Previas y el correspondiente fichero automatizado de datos de carácter personal.

Orden SCO/2823/2007, de 14 de septiembre, por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Registro Nacional de Instrucciones Previas”.


M Àngels Olivé Piñol
(SARAI)
10 Noviembre 2019


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